1ro. de Febrero del 2015.- Diputados de la Trigésima Primera Legislatura interesados en fortalecer las acciones en la entidad para el combate al crimen organizado, aprobaron por unanimidad la Ley de Extinción de Dominio para el Estado de Nayarit, ordenamiento legal que contienen un total de 63 artículos y nueve capítulos y que procederá su aplicación, de acuerdo al orden jurídico, a los delitos de delincuencia organizada, contra la salud, secuestro, trata de personas y robo de vehículos.En su conjunto, la Ley aprobada en Sesión Pública Ordinaria del primer periodo ordinario de sesiones del primer año de ejercicio constitucional, conforma un mecanismo que permite atacar de forma directa la esfera patrimonial del crimen organizado, y por medio de la cual el Estado puede extinguir todos aquellos bienes que tengan relación con algún delito.
En lo que corresponde a los capítulos que integran esta nueva ley, en el primero, de las «Generalidades», se establece el objeto de la ley, el glosario de términos, los supuestos en que se deberá guardar la confidencialidad y reserva de la información que surja de los juicios de extinción de dominio.
En el capítulo segundo, se norma todo lo referente a la «extinción de dominio»; cuáles son las consecuencias de una sentencia estimatoria, la naturaleza del procedimiento, los requisitos de su procedencia y los bienes que están excluidos.
Referente a los capítulos segundo y tercero, se estipula a quienes consideran partes en el procedimiento de extinción de dominio y las atribuciones que tendrá el Ministerio Público para preparar la acción a ejecutar.
El capítulo cuarto, se concreta a regular las denominadas medidas para garantizar la conservación de los bienes asegurados para evitar que sufran extravío o destrucción; el capítulo sexto trata lo referente a las pruebas, hechos y circunstancias para la solución del caso, estableciendo reglas básicas para la preparación y desahogo de las mismas.
En suma, la totalidad de los capítulos y artículos de esta nueva Ley para Nayarit, contribuye a combatir la delincuencia organizada e impedir el beneficio económico que se obtiene por la comisión reiterada de las conductas delictivas.
Es de gran relevancia hacer mención que este nuevo ordenamiento legal, fue presentado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado y surge como parte de la reforma integral al sistema de justicia penal de que fue objeto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el 18 de junio del año 2008, en la que se reconoció la posibilidad de que el Estado pudiera extinguir a su favor determinados bienes que tuvieran relación con ciertos delitos, y destinarlos al combate de este terrible flagelo social y a la atención de las víctimas.