11 de Octubre 2013.- Las integrantes de la Comisión Contra la Trata de Personas presentaron una iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de esos Delitos con el propósito de modificar las sanciones y erradicar dicho fenómeno social.
La senadora Margarita Flores, secretaria de dicha instancia legislativa indicó que las legisladoras Lucero Saldaña, del PRI; Adriana Dávila y Luisa María Calderón Hinojosa, del PAN, y Angélica de la Peña, del PRD, quienes presentaron la iniciativa ante el Pleno, trabajaron en unidad para una causa justa, la eliminación de la trata de personas.
La senadora nayarita explicó que al presentar el proyecto de decreto se destaca la importancia de avanzar en la erradicación de este fenómeno social que tiene como víctimas principales a mujeres, niños, trabajadores migrantes, refugiados y personas con discapacidad.
Actualmente la ley contempla un tipo penal reducido lo que da pie a que los derechos fundamentales de las víctimas del delito de trata de personas sean vulnerados, con esta reforma se propone su reconfiguración, explicó la legisladora nayarita.
Así la reconfiguración establece que las acciones como ocultar, ejercer control, dirección o influencia sobre sus movimientos de una persona con fines de explotación serán sancionados.
En la exposición de motivos del proyecto de decreto se indica que el actual Artículo 10 de dicho ordenamiento jurídico, confunde el delito de trata de personas con el de tráfico de órganos. La iniciativa corrige este error e incorpora la sanción por la extracción de un órgano, tejido o su componente, como modalidad de trata de personas.
La iniciativa visibiliza a las víctimas de la primera infancia -es decir las que van de cero a seis años- agravando la punibilidad en los casos de victimización sin necesidad de que se acrediten los medios comisivos.
De conformidad con el estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, se establece la imprescriptibilidad de los delitos en materia de trata de personas por ser considerados de lesa humanidad.
Se modifica el nombre de dicho marco jurídico para denominarse Ley General Contra la Trata de Personas ya que los términos relativos a la prevención, sanción, erradicación así como la asistencia y protección ya se encuentran contemplados en la Ley General de Víctimas.
En el caso de la fracción XI del Artículo 4 que hace referencia al Fondo para Protección y Asistencia a las Víctimas de los Delitos en Materia de Trata de Personas, se plantea su derogación pues ya se incluye en la Ley General de Víctimas.
Finalmente se reconfigura el delito de esclavitud en armonía con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), ampliando así el ámbito de protección a las víctimas.
La iniciativa que se turnó a las comisiones unidas de Trata de Personas y de Estudios Legislativos Segunda, fue suscrita por senadoras y senadores del PRI, PAN y PRD